El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, atiende a los periodistas en los pasillos del Congreso. / ZIPI (EFE)
IMPUESTOS
Las empresas que acuerden una reducción de deuda con sus acreedores no tendrán que pagar por ello a Hacienda
J. SÉRVULO GONZÁLEZ Madrid 16 OCT 2013 - 14:05 CET
El Gobierno ha introducido una enmienda de última hora en el Senado a la Ley de medidas de fiscalidad medioambiental y otras medidas tributarias para introducir una excepción a la limitación en la compensación de bases imponibles negativas en relación a la quitas tanto si el acuerdo se alcanza en el seno de un proceso concursal como si no.
Hasta ahora, debido la limitación de la compensación de bases imponibles negativas en el impuesto de sociedades aprobada el año pasado, las empresas en dificultades que lograban un acuerdo de quita de deuda con sus acreedores tenían que tributar por esa quita en el impuesto ya que era considerada una plusvalía. “Esto entorpecía en ocasiones los procesos concursales”, explican fuentes del Ministerio de Hacienda. A partir de la entrada en vigor de la norma estas empresas no tendrán que tributar por la quita. La Ley de fiscalidad medioambiental que recoge esta enmienda será aprobada mañana jueves en el Congreso y entrará en vigor cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Aunque la medida no afecta exclusivamente a las empresas en proceso de concurso de acreedores va dirigida fundamentalmente a empresas del sector inmobiliario, concesionarias de autopistas o las que operan en regímenes energéticos con prima como las renovables. La medida, por ejemplo, también podría afectar a empresas como Pescanova.
Esta enmienda que mejora la fiscalidad de las quitas de deuda tendrá un leve carácter retroactivo ya que será aplicable a partir del 1 de enero de 2013.
Fuentes del ministerio de Hacienda precisan que la enmienda busca extender la medida a todas las quitas para que no afectan solo a las empresas inmersas en un concurso de acreedores. Además, la enmienda pretende aclarar que la limitación a la compensación de las bases imponibles negativas no opera respecto de la parte de ingresos extraordinarios correspondientes a quitas consecuencia de un acuerdo con los acreedores. En caso contrario, apuntan fuentes de Hacienda, la quita supondría un ingreso y por tanto aumentaría la base imponible, como existen lmitaciones a la compensación de bases imponibles negativas, se perjudicarían las operaciones de refinanciación.
Es decir, esta medida pretende evitar que una empresa con graves problemas financieros y que acumule una importante con acreedores logre un acuerdo con estos para aplicar una quita y refinanciar la deuda y tenga que pagar por ello a Hacienda.

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