jueves, 20 de marzo de 2014

La Federación Española absuelve a Marta Domínguez

Domínguez, con el presidente de la Federación, José Mª Odriozola. / (AS)

LUCHA CONTRA EL DOPAJE

Pese a la decisión del Comité de Disciplina del organismo español, la Federación Internacional (IAAF), que detectó irregularidades en el pasaporte biológico de la atleta, quiere llevar el caso ante el TAS

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EL PAÍS Madrid 20 MAR 2014 - 12:47 CET


La Federación Española de Atletismo, a través de su Comité de Disciplina Deportiva, ha decidido absolver a Marta Domínguez tras analizar el expediente abierto por la Federación Internacional de Atletismo (IAAF) debido a las anomalías halladas en su pasaporte biológico. Así lo ha adelantado este jueves el diario Marca. Pese a la decisión, la IAAF pretende seguir adelante con el caso y llevarlo ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).

El organismo internacional dispone ahora de un plazo de 30 días para recurrir a la instancia superior. Considera que los datos de la atleta palentina, senador del Partido Popular (PP) desde 2011, deberían anular su oro logrado en los 3.000 metros obstáculos del Mundial de Berlín 2009 y su plata en los Europeos de Barcelona 2010. Cabe recordar que la Agencia Española Antidopaje no tiene competencias sobre este caso, puesto que se trata de un proceso sancionador internacional.

El presidente de la Federación Española, José María Odriozola, ha reiterado su confianza en Domínguez en diversas ocasiones. El presidente del Comité Olímpico Español, Alejandro Blanco, también considera que la senadora "sigue siendo la atleta española por excelencia" y defiende que se considere a la palentina una deportista limpia "mientras no se demuestre lo contrario". "Si ella ha pasado 50.000 controles sin problemas y hay un valor anómalo en su pasaporte biológico, lo que hay que preguntarse es si el pasaporte biológico es fiable. Si hasta ahora ha pasado todos los controles, démosle la confianza", manifestó Blanco.

El Consejo Superior de Deportes recuerda que el pasaporte biológico es de obligado cumplimiento

El Consejo Superior de Deportes explicó que "no puede realizar valoración alguna sobre una resolución cuyo contenido desconoce y que se halla al margen de sus competencias", aunque matizó: "El Consejo Superior de Deportes ha manifestado en varias ocasiones sus discrepancias con los criterios adoptados por el Comité de Disciplina Deportiva de la RFEA, tanto en materia de lucha contra el dopaje como de disciplina deportiva. En este mismo asunto se discrepó sobre las normas aplicables y los órganos competentes, terminando la Federación por asumir su competencia, que había negado". Y recordó el CSD que el pasaporte biológico es "de obligado complimiento" para "gobiernos signatarios del Código Mundial, comités olímpicos, federaciones deportivas y agencias antidopaje", y que la legislación española antidopaje debe responder "a las exigencias internacionales".

No es la primera vez que la Federación Española absuelve a uno de sus atletas sospechosos de dopaje. En marzo de 2011, decidió que no había pruebas suficientes para condenar a Alemayehu Bezabeh, pero tres meses después el CSD recurrió y sancionó al fondista, de origen etíope, con dos años de suspensión y una multa de 3.000 euros. Fue así el único atleta condenado por la Operación Galgo.

Otro episodio similar fue el de Ángel Mullera, absuelto poco antes de los Juegos Olímpicos de Londres 2012. El atleta pudo competir en la cita pese al escándalo internacional que provocaron los correos electrónicos intercambiados con un preparador en los que solicitaba sustancias dopantes.

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