La iniciativa, presentada por diputados de oposición, pretender alinearse con una tendencia internacional del derecho que considera ambas penas como nocivas.
En la idea de avanzar hacia un sistema de penas que esté en línea con el Derecho Internacional, un grupo de diputados de oposición, encabezados por Sergio Aguiló (Indep.) ingresó a trámite legislativo un proyecto (boletín 8133) que busca derogar las penas de extrañamiento y confinamiento de nuestro Código Penal.
La moción, destinada a la Comisión de Derechos Humanos para su estudio, fue presentada por el diputado Aguiló el jueves 5 de enero junto a los diputados Gabriel Ascencio (DC),Aldo Cornejo (DC), Fidel Espinoza (PS), Hugo Gutiérrez (PC), Tucapel Jiménez (PPD),Sergio Ojeda (DC) y René Saffirio (DC) y la diputada Ximena Vidal (PPD).
Los legisladores estimaron que, dentro de las penas restrictivas de libertad, las más severas consisten en la expulsión del reo en todo o parte del país, ya sea a través de la modalidad de extrañamiento (la expulsión del condenado del territorio de la República al lugar de su elección) o de confinamiento (la expulsión del condenado del territorio de la República, con residencia forzada en un lugar determinado).
En la actualidad, acotaron los autores, “se puede afirmar rotundamente que el confinamiento y extrañamiento son contrarios al derecho político, por cuanto la garantía acordada al nacional de residir en el país, que envuelve la de abandonarlo y volver a él con libertad, no puede ser objeto de limitaciones por la ley interna.
Precisaron que, conforme a lo establecido en la Convención Americana sobre derechos humanos, “nadie puede ser expulsado del territorio del Estado de que es nacional, ni ser privado de su derecho a ingresar al mismo” y que, tratándose de extranjeros residentes, queda prohibido expulsarles si tienen familia en Chile.
En esta línea, el proyecto busca derogar el confinamiento y extrañamiento, “atendido, sus nocivos efectos (trascendencia), así como también su evidente contradicción con lo dispuesto por las garantías políticas que consagra la Convención Americana de Derechos Humanos”.
Asimismo, los diputados sostuvieron que resulta evidente que su utilización en el derecho comparado tiende a su mínima expresión, lo que aconseja una revisión legislativa en la materia.
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