por UPI
Por mayoría, la Sala Penal de la Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), a favor de tres menores y un adolescente de la comunidad Temucuicui, quienes fueron víctimas de violencia y disparos con perdigones en un operativo policial en el Hospital de Collipulli, el 23 de julio pasado.
El máximo tribunal del país ratificó así la decisión unánime de la Corte de Apelaciones de Temuco contra de Carabineros de la Prefectura de Malleco, quienes realizaron un operativo, el 23 de julio de 2012, en la comunidad y el Hospital de Collipulli.
Además, la Corte Suprema ordena que la justicia militar abra una investigación contra Carabineros por los hechos descritos en la denuncia formulada por el Facilitador Intercultural de la Defensoría Penal Mapuche.
La resolución determina el uso excesivo de la fuerza de la institución policial en ambos operativos, estableciendo que “el rigor desplegado por la policía para enfrentar un grupo de personas, debiendo cuidar en su accionar no provocaren mayores males que los necesarios para dar debido cumplimiento de su obligación de controlar grupos de personas, excedió el marco de lo aceptable con lo cual afectó derechos y garantías de los amparados, que aun cuando podrían haber estado dentro de un grupo de personas que provoca desmanes, no podían ser víctimas del excesivo uso de fuerza que le causaron las lesiones que se señalaron anteriormente, y que da cuenta en detalle el escrito de presentación del recurso”.
El fallo además ordena a la “la Prefectura de Carabineros de Malleco efectuar los procedimientos policiales con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, absteniéndose, en lo sucesivo, de afectar los derechos fundamentales de las personas amparadas, teniendo una especial consideración en cuanto a los medios de disuasión que se utilicen para controlar a grupos de personas que provoquen desórdenes, y en especial cuando dentro de dichos grupos pueda haber niños y niñas”.
El Instituto Nacional de Derechos Humanos presentó esta acción constitucional ante la Corte de Apelaciones de Temuco, en contra del actuar de Carabineros de Chile -que sin mediar causa ni justificación alguna- procedió a disparar perdigones a niños, niñas y adolescentes, en el contexto del desalojo del Hospital de Collipulli ocurrido el lunes 23 de julio.
Los hechos que motivaron la acción legal interpuesta por el INDH, ocurrieron en el contexto del desalojo del Fundo La Romana que realizó un grupo de comuneros de Temucuicui, quienes tomaron pacíficamente la propiedad.
Producto de lo anterior, Carabineros detuvo a un grupo de los comuneros y los trasladó al Hospital de Collipulli para efectos de constatar lesiones, ante lo cual familiares y amigos de los detenidos concurrieron al recinto hospitalario con el objeto de verificar el estado de salud de sus cercanos.
Fue en ese momento cuando Carabineros disparó contra ellos, hiriendo al menos a cuatro niñosquienes presentan lesiones de consideración.
Por mayoría, la Sala Penal de la Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), a favor de tres menores y un adolescente de la comunidad Temucuicui, quienes fueron víctimas de violencia y disparos con perdigones en un operativo policial en el Hospital de Collipulli, el 23 de julio pasado.
El máximo tribunal del país ratificó así la decisión unánime de la Corte de Apelaciones de Temuco contra de Carabineros de la Prefectura de Malleco, quienes realizaron un operativo, el 23 de julio de 2012, en la comunidad y el Hospital de Collipulli.
Además, la Corte Suprema ordena que la justicia militar abra una investigación contra Carabineros por los hechos descritos en la denuncia formulada por el Facilitador Intercultural de la Defensoría Penal Mapuche.
La resolución determina el uso excesivo de la fuerza de la institución policial en ambos operativos, estableciendo que “el rigor desplegado por la policía para enfrentar un grupo de personas, debiendo cuidar en su accionar no provocaren mayores males que los necesarios para dar debido cumplimiento de su obligación de controlar grupos de personas, excedió el marco de lo aceptable con lo cual afectó derechos y garantías de los amparados, que aun cuando podrían haber estado dentro de un grupo de personas que provoca desmanes, no podían ser víctimas del excesivo uso de fuerza que le causaron las lesiones que se señalaron anteriormente, y que da cuenta en detalle el escrito de presentación del recurso”.
El fallo además ordena a la “la Prefectura de Carabineros de Malleco efectuar los procedimientos policiales con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, absteniéndose, en lo sucesivo, de afectar los derechos fundamentales de las personas amparadas, teniendo una especial consideración en cuanto a los medios de disuasión que se utilicen para controlar a grupos de personas que provoquen desórdenes, y en especial cuando dentro de dichos grupos pueda haber niños y niñas”.
El Instituto Nacional de Derechos Humanos presentó esta acción constitucional ante la Corte de Apelaciones de Temuco, en contra del actuar de Carabineros de Chile -que sin mediar causa ni justificación alguna- procedió a disparar perdigones a niños, niñas y adolescentes, en el contexto del desalojo del Hospital de Collipulli ocurrido el lunes 23 de julio.
Los hechos que motivaron la acción legal interpuesta por el INDH, ocurrieron en el contexto del desalojo del Fundo La Romana que realizó un grupo de comuneros de Temucuicui, quienes tomaron pacíficamente la propiedad.
Producto de lo anterior, Carabineros detuvo a un grupo de los comuneros y los trasladó al Hospital de Collipulli para efectos de constatar lesiones, ante lo cual familiares y amigos de los detenidos concurrieron al recinto hospitalario con el objeto de verificar el estado de salud de sus cercanos.
Fue en ese momento cuando Carabineros disparó contra ellos, hiriendo al menos a cuatro niñosquienes presentan lesiones de consideración.
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