jueves, 8 de noviembre de 2012

EN BUSCA DE RESPUESTAS…

EL ABOGADO RESPONDE

Estimado Juan Carlos:

Celebro tu reacción ante este problema y la sinceridad de como lo has planteado, porque eso permite dar la explicación del porqué el tema del monto de la pensión queda a la expectativa, en esta etapa inicial de convencer al Gobierno de patrocinar la ley de indemnización. Estamos dando un primer paso en la marcha hacia una indemnización justa y adecuada para las víctimas. 


Concuerdo contigo en que el monto de las pensiones "reparatorias" es indigno o miserable, claramente insuficiente, inferior al salario mínimo. Por cierto, para nuestros compañeros exiliados en el hemisferio norte resulta aún más irrisorio e irritante.


En el 2005 se empezó a pagar por un monto de $112.000 y se ha estado reajustando anualmente. Sin embargo, mantiene su bajo nivel.

El proyecto de ley que proponemos se refiere principalmente a la "INDEMNIZACIÓN JUSTA Y ADECUADA", que es precisamente lo omitido puesto que no se nos ha garantizado en la ley chilena, aunque ello es una obligación, deber o compromiso ineludible del Estado de Chile, pues tiene su fundamento expreso y textual en el artículo 14 de la Convención Internacional contra la Tortura. 


Maliciosamente, el debate sobre reparación se polarizó colocando en carácter de antagónicos los temas: "Indemnización" vs. "pensión". El Gobierno de Lagos optó por dar en la ley 19.992 una "pensión reparatoria vitalicia" (maldadosamente sin pensión de supervivencia para la pareja de la víctima). Cinco años después, el gobierno de la Dra. Bachelet hizo aprobar un artículo transitorio permitiendo el pago reducido al 60% para "la cónyuge sobreviviente", excluyendo del derecho a la pareja sin matrimonio (discriminación injustificable). En nuestro proyecto se propone que la pensión de supervivencia (dado que es una reparación) sea de un 100%. Al mismo tiempo, se legisla ahora eliminando la incompatibilidad con la pensión de exonerado político que impuso la ley 19.992, pagadero en forma retroactiva.


El incompleto modelo de reparación seguido por los cuatro gobiernos de la Concertación se limita sólo a "medios de rehabilitación". La pensión reparatoria viene a ser en verdad un "medio de rehabilitación" de carácter "previsional". Como debes saber, los montos de pensiones en Chile son realmente bajos o insuficientes en general.


Nuestra propuesta de ley de indemnización ha sido concebida con la mayor prudencia y mesura, "cuidando no espantar a la bestia". El costo total de la indemnización se presenta con un monto factible de ser financiado considerando que ya tenemos reconocido o calificado como víctimas de prisión política y tortura un universo de más de 38.000 personas. No queremos dar motivo para que en el gobierno de turno se excusen argumentando que el monto de la deuda la torne en "imposible de pagar". Por eso, porque estamos muy conscientes de la urgencia de obtener la requerida iniciativa presidencial para un proyecto de ley de indemnización. Hasta aquí, han pasado ya cuatro presidentes que se han negado.


Nuestra tesis se fundamenta en que el "derecho a indemnización" debe estar garantizado en la legislación, puesto que así lo ordena un tratado internacional ratificado por Chile y que se encuentra plenamente vigente. La indemnización debe ser "justa y adecuada".


En suma, queremos que todos nuestros compañeros tengan plena claridad en que pretendemos que se dé solución sin más dilaciones o retardo. Son demasiados los compañeros que ya se nos han ido y la mayoría de los que quedamos somos ancianos empobrecidos y enfermos.


Necesitamos que primero se nos acoja la idea de legislar en favor de una indemnización. Nada impide que en el trámite legislativo se presione luego con indicaciones parlamentarias por un mejoramiento del monto de la pensión y su reajustabilidad. El objetivo primario es lograr que haya iniciativa presidencial para el proyecto de ley.

Recibe mis muy fraternales saludos

Víctor Rosas Vergara
Abogado y Vicepresidente de la UNExPP
 

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CARTA AL ABOGADO

Saludos Víctor:.

Recibí la nota que nos enviaste esta mañana y te agradezco muy sinceramente todos los esfuerzos que has invertido en la búsqueda de apoyo de este proyecto de ley reparatorio. Sin embargo, después de leerla repetidamente no encontré establecido el punto que le da equilibrio a esta iniciativa.

Considero con todo respeto, que esta escrita inconclusa en su presentación al no contemplar un mecanismo que reajuste la pensión reparatoria ley 19.992.

Actualmente los $149.000 pesos han perdido su valor adquisitivo desde su inicio con respecto a la inflación y temo que si no consideramos concretamente esta opción de nuevo los ex prisioneros de la UNExPP vamos a salir burlados tal como lo hizo el canalla de Lagos. No podemos dejar a criterio de los gobernantes de turno que le den un aumento a esta pensión basado en sus intereses. Debemos luchar para conseguir que esta pensión se reajuste cada año y se oficializé de acuerdo con los mecanismos existentes, tratando de que se nivele de acuerdo con otras pensiones más solventes.

Este punto es neurálgico para nosotros en el EXILIO y no vamos a tranzar, porque le debemos respeto a nuestra gente y el EXCLUIR este punto, dejamos vunerable el futuro y la capacidad de recibir una pensión que tenga un valor real y que sirva para sostener la vejez con dignidad.

Me gustaría pedirte, por favor, que me expliques porque has pasado por alto este punto que es sumamente importante para la sobrevivencia mensual de nuestra gente.

Espero, por favor, tu pronta respuesta a esta solicitud. Gracias.

Juan Carlos C. J.
Director Adjunto Internacional de la UNExPP
ESTADOS UNIDOS
  

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