El alto tribunal señala que se debió aplicar la “hiperagravante” por el uso de esa embarcación
ELISA LOIS Vilagarcía de Arousa 4 DIC 2012 - 00:51 CET
Fue el primer intento en España de sustituir las ruidosas planeadoras por un submarino para alijar cocaína de los barcos nodriza pero salió mal. La rudimentaria construcción del sumergible llevó al traste la operación para introducir 750 kilos de cocaína con los traficantes implicados detenidos.
La fiscalía había solicitado penas de entre 10 y 15 años de prisión para todos ellos, acusados de un presunto delito de narcotráfico en grado de tentativa. Pero meses antes del juicio, el fiscal y los abogados de los acusados alcanzaron un acuerdo de conformidad por el que serían condenados al mínimo de tres años que establece la última reforma del Código Penal para estos delitos.Aún así, la Sección Quinta de la Audiencia de Vigo rebajó todavía un año más la pena a los seis acusados, alegando que “la acción solo generó una mínima peligrosidad para la salud pública”. El fiscal recurrió el fallo en casación incidiendo en el hecho de que “los acusados conformaban una organización criminal con un diferenciado reparto de papeles o responsabilidades”.
La “hiperagravante”
Ahora, 15 meses después del veredicto, el Tribunal Supremo ha elevado un año las condenas a seis narcotraficantes por intentar introducir, en agosto de 2006, un alijo de cocaína en la ría de Vigo, admitiendo todos los fundamentos jurídicos alegados por el fiscal, Luis Iriarte. El alto tribunal señala que se debió aplicar la “hiperagravante” por el uso de esa embarcación, que debió ser considerada como un buque, dada su capacidad para almacenar 4.650 litros de gasoil, que fueron hallados en sus tanques cuando el sumergible fue abandonado por el piloto y luego abordado por la policía.
La sentencia del Supremo destaca que esta es la primera vez que en España se utiliza un medio de transporte tan sofisticado como un submarino para introducir droga, pero recuerda que este tipo de embarcaciones ya están contempladas en la reforma del Código Penal de Colombia, tal y como alegó el fiscal antidroga de Pontevedra. El Supremo también da la razón al fiscal en convenir que se mantengan las condenas que se contemplaron en el acuerdo de conformidad y que aplique la agravante de reincidencia de nueve meses más a Francisco Omil Nazara, que había sido condenado en el juicio de la Operación Nécora.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario