lunes, 12 de septiembre de 2016

Condenado por violaciones a Derechos Humanos podría quedar en libertad

Reglamento judicial le entregaría beneficios carcelarios

Por Felipe Reyes


La situación resulta ser compleja, el exmilitar Miguel Krassnoff esta detenido por abusos de lesa humanidad y podría salir con libertad condicional tras un fallo de la Justicia.

Una vez más al exbrigadier del Ejército Miguel Krassnoff se le había negado su solicitud de revisión de libertad condicional. La entidad que evalúa estimó que el exmilitar no cumplía con los requisitos.

Sin embargo, la defensa del condenado recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago, tribunal que acogió de manera parcial el recurso de protección. De esta forma, una eventual libertad condicional deberá ser nuevamente evaluada.

Un fallo complejo

En el fallo, la Primera Sala del tribunal de alzada determinó que el exmiembro de la DINA cumple con todos los requisitos para optar al beneficio carcelario.

Raúl Meza, abogado representante de Krassnoff, comentó la nueva resolución. "Se nos abre una gran expectativa desde el punto de vista judicial, por lo que apelaremos a la Tercera Sala de la Corte Suprema. Lo que correspondía desde el punto de vista jurídico era que la Corte le otorgara la libertad condicional", dijo.

En esta instancia, la responsabilidad mayor recae en la Comisión de Libertades Condicionales, tribunal que deberá pronunciarse respecto a si se concede o no la libertad condicional. Su salida del penal Punta Peuco es algo que esta en juego.

Krassnoff se encuentra condenado en total a más de 400 años de cárcel por diversos crímenes y atropello a los Derechos Humanos durante la dictadura de Pinochet.

¿Es correcto liberar a Krassnoff?

Conversamos con el abogado de Derechos Humanos Héctor Salazar sobre la situación judicial que se está experimentado en el caso del militar condenado.

"Pienso que el tema es digno de estudio, pues ahí chocarán varios tipos de principios que podrían anularse entre sí. En la teoría moderna del derecho punitivo la pena tiene una lógica que la relaciona con la posibilidad de rehabilitación, luego, la lógica de prohibir los beneficios carcelarios va en la línea de resaltar la pena antes que el castigo, situación que va contra la corriente de cómo se aprecia la justicia actualmente", comenta el abogado.

"Es indudable el peso moral que implican este tipo de casos, por tanto se debería evaluar la posibilidad de incrementar las penas. Pero desde el punto de vista penitenciario, me inclino por las medidas, de todo tipo, que apunten a la rehabilitación", explica Salazar.

"En el sistema penitenciario chileno se da que el estado chileno gasta muy poco en cuanto a rehabilitación, pero personalmente, al tratarse de crímenes de lesa humanidad, yo me inclino por un endurecimiento de las penas. No hago distinción con la posibilidad de beneficios penitenciarios, pero dependiendo del tiempo cumplido de la condena. Si Krassnoff cumple con los requisitos su acceso a los beneficios se dan en dos periodos legales, dependiendo de las fechas se dará su eventual libertad condicional", concluye el abogado.

Por su parte, el abogado Cristián Cruz tiene una mirada crítica del asunto.

"Es difícil entender la legislación interna actual, dado que la legislación internacional le entrega un mayor valor a este tipo de casos. Sería bueno a objeto de la asimilación de los parámetros internacionales que los estándares chilenos se asemejen a los internacionales. Personalmente no estoy de acuerdo con que se le conceda el beneficio al señor Krassnoff, así como tampoco al resto de los militares que participaron en situaciones de abusos de lesa humanidad", indica el abogado.

"Dada la multiplicidad de condenas y la multiplicidad de víctimas, una persona incapaz de pedir perdón ni de reconocer donde se encuentran los fallecidos, además, mira con orgullo los crímenes perpetrados, considero que no puede ser objeto de los beneficios carcelarios que entregan los planes de rehabilitación", explica Cruz.

"Lo que se debe hacer es que la legislación chilena se adecue a los estándares internacionales. Hay algunas falencias en nuestra legislación que dan pie para que este tipo de situaciones sucedan. Personalmente, pienso que un beneficio en el caso de Krassnoff francamente no corresponde, dado que quedan muchos otros procesos vigentes, no correspondiendo beneficio alguno. Yo no veo posibilidad alguna y no correspondería beneficio alguno en el caso de Krassnoff", finaliza el abogado.

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