viernes, 20 de diciembre de 2013

El aborto solo estará permitido por violación o riesgo para la mujer

LA REFORMA DE LA LEY DEL ABORTO

Suprime la causa de interrupción por anomalía fetal, aunque podrá hacerse si esta supone un riesgo para la salud psíquica de la embarazada
Todos los médicos podrán objetar; también los que informan

Especial: todo sobre la ley del aborto
El PSOE apela a las diputadas del PP y pedirá voto secreto en la ley del aborto
Gallardón consuma la vuelta atrás
Decálogo de la nueva ley del aborto
In English: Government approves most restrictive abortion laws since return of democracy

MARÍA R. SAHUQUILLO / VERA GUTIÉRREZ CALVO Madrid 20 DIC 2013 - 15:39 CET


El Consejo de Ministros ha aprobado hoy viernes la reforma de la ley del aborto. La nueva norma, presentada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, se llamará Ley Orgánica de Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada, como ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno Soraya Sáez de Santamaría. Con la nueva ley, tal y como ha explicado el titular de Justicia, solo se podrá interrumpir voluntariamente el embarazo en dos supuestos: grave peligro para la salud física o psíquica de la mujer, hasta la semana 22, o en caso de violación, hasta la semana 12. Con este cambio, el Ejecutivo de Mariano Rajoy consuma la marcha atrás anunciada y aprueba la ley más restrictiva de la democracia. La normativa suprime el supuesto que permite la interrupción del embarazo en caso de anomalía fetal grave.

Con la nueva ley, el aborto deja de ser un derecho de la mujer, como hasta ahora --cuando podía interrumpir su embarazo hasta la semana 14 de gestación-- y vuelve a un sistema de supuestos como el que rigió España desde 1985 hasta 2010. Aunque más estricto. Ese modelo amparaba el aborto por malformación y esta solo deja una puerta abierta en este sentido: la mujer podrá abortar si afrontar un embarazo tras el diagnóstico de una patología "incompatible con la vida" le causa un daño psicológico. Para ello necesitará un informe sobre su salud mental y también otro que acredite el diagnóstico de la anomalía fetal. Gallardón ha precisado que tras la semana 22 de gestación --donde sitúa el limite legal-- la mujer solo podrá interrumpir el embarazo cuando la anomalía fetal "incompatible con la vida" le cause ese "grave peligro" para su salud psicológica pero solo "si las anomalías no se hubieran detectado antes con un diagnóstico certero".

La mujer necesitará el dictamen de dos médicos

Para alegar el supuesto de riesgo para su salud, la mujer tendrá que contar, ha dicho el ministro, con "un informe motivado, emitido con anterioridad, por dos médicos de la especialidad correspondiente a la patología" que le genera ese grave peligro. Estos profesionales deberán ser distintos de aquellos que practicarán la intervención médica y no podrán trabajar en el centro médico donde se vaya a realizar. En caso de urgencia, ha precisado Gallardón, es decir si hay peligro vital para la mujer no será necesario el informe. Actualmente, tras la semana 14 de plazo libre, la mujer puede abortar si hay riesgo para su salud (lo que incluye la psicológica), para ello necesita el dictamen de un médico.

La ley de Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer embarazada también marca que la mujer debe recibir consejo antes de abortar. Así, para poder acceder a esta prestación recibirá información "asistencial, individualizada y verbal, no sólo por escrito", ofrecida por médicos y profesionales sanitarios y de los servicios sociales. Profesionales que tendrán que ser diferentes de aquellos que practiquen el aborto". Además, "un colaborador del sistema público" ofrecerá "asesoramiento social" sobre las alternativas a la interrupción del embarazo. La mujer deberá esperar, después, un periodo de siete días de reflexión para abortar. Ese plazo actualmente estaba fijado en tres, y la mujer recibía esa información de ayudas y opciones en dos sobres entregados por los centros sanitarios.

Ampara la objeción de todos los sanitarios

La nueva ley marca también que cualquier profesional podrá alegar objeción de conciencia. Incluidos aquellos que dan información. El Gobierno prohibirá también la publicidad de las clínicas de abortos. La ley de 2010, actualmente en vigor, dicta que “los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán el derecho de ejercer la objeción de conciencia, sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabados”. La negativa a practicar un aborto es una decisión siempre individual, que el facultativo directamente implicado en la intervención debe manifestar por anticipado y por escrito (algo que el PP consideró “coercitivo”). La ley de 2010 puso algo de luz sobre un asunto, el de la objeción de los profesionales sanitarios, que solo estaba regulada en sus códigos deontológicos. Hasta entonces únicamente el artículo 30 de la Constitución hacía referencia a la objeción al servicio militar, aunque hay jurisprudencia que ampara también la objeción de conciencia de los sanitarios.

"Por primera vez en la historia de España se libera a la mujer de sufrir cualquier reproche penal", ha dicho el ministro. "La mujer nunca es culpable, siempre es víctima", ha recalcado. Gallardón ha afirmado que ofrece nuevas garantías en forma de asesoramiento y que este no será un "mero trámite". "Se busca un consentimiento informado", ha dicho.

Las menores necesitarán permiso paterno.

Con la contrarreforma de Gallardón –que ha tardado en llegar dos años--, las chicas de 16 y 17 años volverán a necesitar el permiso de sus padres o tutores para abortar. Desde 2010, las chicas de 16 y 17 años no necesitan el permiso de sus padres o tutores para interrumpir su embarazo. Solo deben informar de su decisión en casa. Y si hacerlo les supone un “conflicto grave” —si consideran que sus padres las van a presionar, o no tienen una verdadera red familiar, o son víctimas de malos tratos...— la ley les permite no contarlo. La nueva ley eliminará ambas posibilidades: las menores deberán tener el permiso paterno para abortar.

"La vida del concebido y no nacido encarna un valor fundamental", ha dicho el titular de Justicia. Y el Estado, ha apuntado, está "obligado" a defenderlo. "Anuncié que presentaríamos este proyecto y que lo haríamos de acuerdo con los criterios del discurso del PP con el grave conflicto del aborto", ha dicho Gallardón. "Después de un periodo de reflexión amplio, de consultar el derecho comparado y de los expertos que han querido acercarse", ha dicho, "hemos aprobado este proyecto electoral que cumple un compromiso electoral y recupera el equilibrio constitucional ente los derechos del nasciturus y de la mujer".

Así, la nueva ley suprime el aborto como un derecho de la mujer, tal y como recogía la Ley de Salud Sexual y Reproductiva de 2010 --"el derecho a una maternidad libremente decidida", recoge--. La legislación impulsada ese año por el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, conocida como ley de plazos, permitía a la mujer interrumpir su embarazo sin justificar su decisión hasta la semana 14 de gestación, tras un periodo de reflexión de tres días. A partir de ese límite de tiempo, la ley marca un sistema de supuestos que permite la intervención si existe riesgo para la salud de la mujer o por anomalías fetales graves (ambos casos hasta la semana 22), siempre que dos médicos confirmen el diagnóstico. Después de eso solo es legal hacerlo en casos de anomalías fetales extremadamente graves e incurables o incompatibles con la vida. Para ello, un comité médico –con varios expertos designados por las comunidades autónomas— debe aprobar la intervención.

Con el cambio hacia un modelo solo de supuestos España se aleja de sus vecinos europeos. Las leyes de plazos, como la vigente hasta ahora en España, son mayoritarias en la Unión Europea. Solo cuatro países tienen leyes donde no existe un periodo de tiempo en el que la decisión de abortar es libre: Reino Unido, Finlandia, Polonia y Chipre. Todos ellos contemplan como un supuesto específico el aborto por malformación.

Varios partidos de oposición, empezando por el PSOE, y asociaciones feministas han anunciado que harán bandera del rechazo a este proyecto de ley durante los próximos meses —cuando habrá de ser debatido en el Congreso y el Senado antes de entrar en vigor—: sostienen, entre otras cosas, que las leyes restrictivas no hacen bajar el número de abortos sino elevar el número de abortos inseguros. Las organizaciones de mujeres han convocado hoy movilizaciones en toda España. También el PSOE ha convocado un comité de urgencia para tratar el tema. En el otro extremo, asociaciones antiabortistas como el Foro de la Familia o Derecho a Vivir reclaman al PP una ley de “aborto cero” —prohibido en todos los casos— y señalan que la ley de supuestos de 1985 acabó siendo un “coladero”.

Algunos miembros de asociaciones por los derechos reproductivos y también de organizaciones antiabortistas se han congregado hoy a las puertas del Palacio de la Moncloa. Los primeros --organizaciones feministas, sobre todo, muchas de ellas enmarcadas en la plataformaDecidir nos hace libres--, un grupo de mujeres, para pedir al Ejecutivo de Mariano Rajoy que no consume su marcha atrás. Activistas de Derecho a Vivir han exigido que España prohíba el aborto.

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