jueves, 15 de octubre de 2015

Leopoldo López publica su sentencia en las redes sociales

VENEZUELA »

No hay una sola prueba que individualice la responsabilidad del opositor venezolano en los delitos que lo condenan

Madrid pide liberar a Leopoldo López y Podemos se abstiene


ALFREDO MEZA Caracas 15 OCT 2015 - 11:06 CEST


Las leyes venezolanas obligan a los jueces a publicar las sentencias de los juicios nueve días hábiles después del anuncio de la pena o la absolución de los imputados. En el caso del opositor Leopoldo López, sentenciado a 13 años y nueve meses de prisión a principios de septiembre, el documento se conoce ahora gracias a la iniciativa del propio preso. Este martes, en su cuenta de Twitter, el líder venezolano publicó un enlace al documento de 282 páginas que sustenta la decisión tomada por la abogada Susana Barreiros, titular del Tribunal 28 de Juicio de Caracas.

Los padres de López, Antonieta y Leopoldo, estuvieron entre las personas que escucharon el veredicto, pero ni ellos ni sus abogados recibieron una notificación formal de la publicación de la sentencia. Según ellos, solo escucharon la resolución durante unos 20 minutos. Así lo explicaron a EL PAÍS en una visita reciente a Madrid, mientras denunciaban irregularidades en todo el proceso: "La ley dice que a partir de los nueve días laborables debe hacerse pública, pero los cierres del Tribunal han postergado su publicación. La esperamos, porque solo así podemos apelar... La sentencia fue la lectura literal de la acusación de la Fiscalía. Ella no hizo el trabajo que tenía que hacer: escuchar a las partes y decidir. Leyó la acusación como si no hubiera habido juicio".

El velo de misterio tendido sobre este caso sigue siendo la norma. Los periodistas tenían prohibida la entrada a las vistas e incluso al Palacio de Justicia, donde se desarrolló el juicio y apenas se han enterado del veredicto. En el fundamento de la sentencia no hay una sola prueba que individualice la responsabilidad de López en los delitos que lo condenan: instigación pública en grado de determinador, daños, agavillamiento e incendio. La juez se ha limitado a convalidar los elementos presentados por la Fiscalía, que mantiene la tesis de que hay una relación entre las arengas de López previas al 12 de febrero de 2014 y los disturbios ocurridos ese día en el centro de Caracas, que terminaron con destrozos en el edificio principal de la Fiscalía General de la República, en una plaza vecina —Parque Carabobo— y en siete vehículos —el balance final de las manifestaciones en las siguientes semanas fue de 43 muertos—. Solo se consideraron las pruebas incorporadas en el debate. 

A la defensa jamás le permitieron presentar a sus testigos ni promover pruebas.

La juez Barreiros concluye que los sentenciados Damián Martín, Ángel González y Christian Holdack, que también fueron condenados en el mismo proceso, actuaron instigados por López, quien "con un discurso violento a través de medios de comunicación convencionales y alternativos" tenía el propósito de "hacer desaparecer la tranquilidad pública al llamar a un grupo de personas a que desconocieran las leyes y a las autoridades legítimas".

Apelaciones

La defensa y familiares de Leopoldo López encaran a partir de ahora la posibilidad de presentar recursos. Primero ante la Corte de Apelación y luego ante el Tribunal Supremo, en cuanto a las instancias nacionales.

"Todo esto sin ser nada optimista, porque durante el año y medio de juicio se intentaron varias apelaciones y no fueron concedidas. Y ninguna de las sentencias internacionales que se consiguieron a favor de Leopoldo, como de Naciones Unidas, que se pronunció a favor de su libertad, y que deberían ser de carácter obligatorio puesto que Venezuela es un firmante de los tratados de las Naciones Unidas y miembro del Consejo de Seguridad, fue respetada. Vemos con angustia que internacionalmente no hay fuerza para imponer lo que es una obligación", sostiene el padre del preso.

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